DECLARARON LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN QUE AUTORIZABA EL COUNTRY DE CANDONGA

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13/06/2024

Después de más de una década, la justicia le dio la razón a la Asamblea de Vecinos de El Chavascate, declarando “la nulidad, por ilegalidad manifiesta” a la Resolución 1200 que autorizaba a la empresa Ticupil S.A. el desarrollo del “𝗘𝗺𝗽𝗿𝗲𝗻𝗱𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗜𝗻𝗺𝗼𝗯𝗶𝗹𝗶𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗧𝘂𝗿𝗶́𝘀𝘁𝗶𝗰𝗼 𝗱𝗲 𝗩𝗶𝗹𝗹𝗮 𝗖𝗮𝗻𝗱𝗼𝗻𝗴𝗮”, ubicado en la localidad de El Manzano, Sierras Chicas.

Aquella autorización, que data del 5 de octubre de 2010, fue firmada por el entonces Secretario de Ambiente de la Provincia de Córdoba, Dr. Raúl O. Costa.

Vale aclarar aquí que en abril de 2023, Costa fue condenado a tres años de prisión condicional y fue inhabilitado para ejercer cargos públicos, acusado de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, por autorizar a la empresa Gama en 2010, el desarrollo del emprendimiento inmobiliario “El Dorado II” en la Reserva Natural “Valle El Cóndor” en San Antonio de Arredondo. Un fallo histórico en materia ambiental que sentó un importante precedente en nuestra provincia.

Dr. Raúl Costa, ex Secretario de Ambiente de la Provincia de Córdoba (Gentileza La Voz)

Ahora, el 5 de junio de 2024, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Cuarta Nominación de Córdoba, resolvió mediante Sentencia N° 70 declarar la nulidad de la Resolución 1200 y  “dejar sin efecto la autorización” para la construcción del Barrio Cerrado en la cuenca media/alta de la zona de candonga y en inmediaciones de la Capilla Nuestra Señora del Rosario de Candonga,  declarado Monumento Histórico Nacional. 

Además de la “inmediata paralización del emprendimiento”, se prohíbe “la realización de obras nuevas y de todas las actividades previstas en el Proyecto.”

Los argumentos del tribunal giran en torno a lo que oportunamente manifestaron los vecinos de Agua de Oro, El Manzano y Villa Cerro Azul: este proyecto no cumple con la “Ley General del Ambiente” 25.675 y con la Ley Provincial 9.814 sobre “Ordenamiento territorial de Bosques Nativos”.

Efectivamente, el emprendimiento está emplazado en una zona de conservación y protección, denominadas zona roja. Y “la cuestión, comprende, pero a la vez excede lo concerniente a la flora y la fauna. También está en juego lo concerniente a la protección de la cuenca hídrica”, explica la sentencia.

Además, dice el texto, que “no se trata aquí de abrazar posturas extremas o ideologizadas, sea en ´defensa´ de la propiedad privada, sea en ´defensa´ del ambiente”. En este caso, “la ley, que es de orden público, no fue cumplida. Y ello vicia de nulidad la Resolución N° 1200, por su ilegalidad manifiesta, lo que así corresponde declarar en este acto”.

Protesta de Asamblea de Vecinos del Chavascate

El abogado ambientalista Juan Smith destaca que “este es un fallo interesante porque pone en su lugar y toma lo que los vecinos y profesionales que asistimos venimos diciendo desde hace mucho tiempo: que esta Resolución era ilegal y debía caducar por dos razones. Una porque la propia Resolución 1200 establecía que la propia empresa debía contratar un seguro ambiental dentro de los 90 días, de lo contrario, la resolución caducaba de pleno derecho, cosa que el Dr. Sartori no advirtió en su momento y no lo hizo valer. Y la otra razón, es porque al ser zona roja no podía producirse el cambio de uso de suelo y no había ninguna prueba de que hubiera habido cambio de uso de suelo en esa zona para permitir ese loteo.”

La calificación como zona roja detallada en la Ley 9.814 se refiere a “sectores de bosques nativos de muy alto valor de conservación que no deben transformarse. Se incluyen áreas que, por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad. Se incluyen en esta categoría los bosques nativos existentes en las márgenes de ríos, arroyos, lagos y lagunas y bordes de salinas.”

Camino a Candonga, El Manzano

CAUSAS Y JUZGADOS, EL AMBIENTE COMO BANDERA

Durante todos estos años la Asamblea de Vecinos del Chavascate convocó a muchos vecinos y vecinas, se organizaron y pusieron su cuerpo para defender esta causa ambiental que muchos daban por perdida.

La Asamblea era el espacio de escucha en las reuniones de cada sábado, cuando las personas relataban anécdotas de niños en un río caudaloso y transparente, un río que atraviesa tres pueblos, que le da sentido a la vida cotidiana y le da trabajo a través del turismo. El río Chavascate, San Vicente o Agua de Oro, nos dio un nombre, una identidad, un lugar de encuentro, una inmensa variedad de flora y fauna.

En todos estos años, los vecinos organizados en la Asamblea del Chavascate, presentaron diversos recursos legales en distintos Juzgados, recibieron agravios y burlas, vieron cómo fue creciendo el loteo, a pesar del freno legal impuesto por la justicia.

Esta lucha no llegó a su fin, pero es un alivio dicen los asambleístas. “Después de tantos de lucha tener un fallo a favor, que la justicia alguna vez reconozca la ilegalidad de todo lo que está ocurriendo allá arriba, nos parece importante”, asegura Lucía Castellano, vecina de Villa Cerro Azul, arquitecta, docente universitaria e integrante de la Asamblea de Vecinos del Chavascate desde sus inicios.

“Hay muchas causas que tiene la justicia que están detenidas y cajoneadas, estamos en contacto con otras Asambleas ambientalistas y llegamos a contar 140 causas que está cajoneadas, por eso que se resuelva una entra tantas puede ser una lucecita de esperanza, ayudarnos a sostenernos a no bajar los brazos, porque aún tenemos causas pendientes”, sostiene Castellano.

Lucía Castellanos, Asamblea de Vecinos del Chavascate

Valer aclarar que el Amparo que presentado en contra la Resolución 1200, “primero trasuntó en el Juzgado Civil y Comercial de Jesús María a cargo del Dr. Sartori que en primera instancia resolvió rechazarlo, es decir que para él, la Resolución no podía objetarse, era legal. Luego, los vecinos apelaron y esa Apelación llegó a la Cámara Cuarta de Córdoba. Este fallo que declara la nulidad de la Resolución 1200, resuelve esa apelación.”

Pero además, desde el 2018 hay otro Amparo pendiente contra la Resolución de ERSEP que autorizó una obra de tendido subterráneo de energía eléctrica. Esta acción legal está en manos del Tribunal Superior de Justicia quien debe resolver la medida cautelar de paralización de esa obra de energía eléctrica de gran impacto ambiental.

Lucía Castellano, recuerda que una de las veces que subieron a Candonga se encontraron con grandes zanjas frente a la Capilla Histórica, con un grave riesgo estructural para este Monumento Nacional. “Para esto tenían que hacer estudio de impacto ambiental y una audiencia pública”, dice Castellano, “no lo hicieron y autorizaron una obra de estas características con gran impacto ambiental en un predio que ya estaba judicializado”.

Por otra parte, también está pendiente la elevación a juicio la Causa que lleva instruyéndose en la Fiscalía Anticorrupción de Primera Nominación en contra del ex Secretario de Ambiente de la Provincia, Dr. Raúl O. Costa, por Abuso de Autoridad (Art. 248) en el dictado de Resolución 1200.

Vecinos unidos por el monte. Asamblea de Vecinos del Chavascate

¿QUÉ VA A PASAR CON LAS CONSTRUCCIONES YA REALIZADAS?

El 19 de febrero de 2024 se realizó una pericia judicial en el emprendimiento inmobiliario ubicado en Candonga ordenada por la Cámara Cuarta de Apelaciones en lo Civil y Comercial, donde un perito oficial indagó sobre la cantidad de casas construidas, su estado de avance y antigüedad, para verificar si se ha respetado o no la Cautelar vigente desde hace casi 5 años, que ordenaba la suspensión de las obras en ese country Candonga perteneciente a la empresa Ticupil S.A.

Tal como lo denunciaron los asambleístas, en la pericia se pudo corroborar “el avance de las construcciones que venimos denunciando, los movimientos de suelo, pavimentos y demás intervenciones sobre el monte nativo”, indicaron.  

Ahora, aunque la justicia decide dejar sin efecto la autorización para la realización del Emprendimiento Inmobiliario Turístico de Villa Candonga presentado por TICUPIL S.A y ordene la inmediata paralización del emprendimiento, prohibiendo la realización de obras nuevas, “autoriza a que se terminen las construcciones efectuadas en los 23 lotes indicados en la pericia”.

Aquí, los ambientalistas deberán estar muy atentos ya que la sentencia aclara que deben culminarse “bajo el criterio de la menor afectación ambiental posible a la zona, todo lo cual deberá ser determinado mediante peritos que deberán ser designados en la etapa de ejecución de sentencia.”

Ingreso a Candonga, El Manzano

1 thought on “DECLARARON LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN QUE AUTORIZABA EL COUNTRY DE CANDONGA

  1. Hola que tal? Mi nombre es Giselle campos, soy de la facultad naciónal de psicología y estámos trabajando sobre la problemática de aguas de oro, encontramos una noticia DECLARARON LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN QUE AUTORIZABA EL COUNTRY DE CANDONGA en su portal pero no dice quien escribió esto y tampoco el año, queríamos saber si nos podrían aportar estos datos ? Desde ya muchas gracias

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